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sábado, 28 de mayo de 2011

Juan Carlos Chebez (1962-2011)

"Algunas personas oyen sus propias voces interiores con gran claridad y actúan según lo que oyen. Esas personas se vuelven locas o... se convierten en Leyendas"
Noticia aparecida en: http://www.losquesevan.com/newsletter_web.php?code=154ab54
Quizá los años nos permitan visualizarlo con más claridad pero sabemos que fue uno de los naturalistas y conservacionistas más importantes que tuvo este país y que seguramente pasarán décadas hasta que otro pueda sobresalir a este nivel. Fue el máximo creador de áreas protegidas de la Argentina desde la década del 80 a la fecha, y le debemos muchos parques nacionales e incontables parques provinciales, municipales y privados a lo largo y ancho del territorio nacional.



Ideólogo del Corredor Verde en Misiones (primer corredor biológico de la Argentina, idea que luego se replicaría por todo el país), de la primera reserva compensatoria (Parque Provincial Urugua-í) y de las Reservas Naturales Militares, entre muchas otras.


Compartimos con ustedes el homenaje realizado por TN Ecología y un video donde Juan Carlos pide que finalmente se cree el Parque Nacional La Fidelidad en Chaco y Formosa, cuyo expediente el mismo iniciara cuando era Director de la Delegación NEA de Parques Nacionales y que no pudo concretarse por falta de continuidad política.


1. Homenaje a Juan Carlos Chebez (1° parte)


2. Homenaje a Juan Carlos Chebez (2° parte).


3. Pedido de Juan Carlos Chebez para crear el PN La Fidelidad.


Los invitamos a compartir anécdotas, fotos, recortes periodísticos, videos y grabaciones de Juan Carlos que nos pueden enviar a info@losquesevan.com con fecha, lugar y una breve descripción o dejar sus comentarios aquí.


Para entender tanta pasión por la Naturaleza y sus esfuerzos por protegerla, nada mejor que recordar uno de sus poemas…


Yo plantaré mi arbol


Aunque el hacha derrumbe todo el monte,
y quemen la guarida de los pájaros,
y le armen trampas a los tigres viejos,
yo plantaré mi árbol.


Aunque sigan creciendo las represas,
y hasta lo vuelvan maloliente al lago,
y lo envenenen al halcón y al sapo,
yo plantaré mi árbol.


Aunque eliminen todos los baldíos,
y a cada yuyo logren arrancarlo,
y suba el humo y se me tape el cielo,
yo plantaré mi árbol.


Aunque anden encerrando los jilgueros,
y pongan precio al ensueño alado,
y le roben pichones a los loros,
yo plantaré mi árbol.


Aunque se olviden el camino al campo,
y ya no se sorprendan con la luna,
ni con el cielo limpio y estrellado
yo plantaré mi árbol.


Aunque me maten ese niño alegre,
que llevaba en el alma desbocado,
con tanta envidia, falsedad y mentira,
yo plantaré mi árbol.


Aunque me quieran atajar a veces,
y me arrodille solo y agotado,
y a veces pierda el rumbo a lo sagrado,
yo plantaré mi árbol.


Aunque no entiendan nunca la poesía,
y al canto criollo crean anticuado,
y no comprendan la tristeza india,
yo plantaré mi árbol.


Aunque me sienta solo, abandonado,
yo seguiré plantando cada árbol,
y floreciendo en versos y canciones,
para que mi hijo crezca convencido,
que hay un futuro alegre, iluminado,
un futuro verde y positivo,
con miles de árboles creciendo en el camino.


Juan Carlos Chébez. Dic. 2003.
Para ver la noticia de su fallecimiento y links sobre notas relacionadas: http://www.losquesevan.com/fallecio-juan-carlos-chebez.939c

domingo, 24 de abril de 2011

Todos X los Glaciares

Espacio Oikos ya juntó más de 200 firmas, con formularios en la calle y otras adhesiones por mail. Felicitaciones a todos los que participaron y sigamos juntamos más!!!

domingo, 10 de abril de 2011

POR LA PLENA VIGENCIA DE LA LEY DE GLACIARES YA!!!!!

Hoy en la Argentina los glaciares se ven amenazados por un número cada vez mayor de grandes proyectos mineros que avanzan sobre áreas glaciares y periglaciares. Es preciso que ese proceso de destrucción se detenga de inmediato. La Ley de Glaciares debe comenzar a ejecutarse sin más demoras e iniciarse de manera urgente las auditorías ambientales sobre los proyectos mineros en ejecución.




COMENZO LA CAMPAÑA POR LA PLENA VIGENCIA DE LA LEY DE GLACIARES!!!



Invitamos a participar!

- firmando el petitorio en planillas o vía internet
- comunicando a asambleas, organizaciones en reuniones y eventos,
- divulgando a tus contactos...

Adherí enviandonos tus datos por esta vía, o a espaciooikos@yahoo.com.ar. Yo quiero la plena vigencia de la Ley de Glaciares en todo el país, la urgente realización de las auditorías ambientales y el levantamiento de las medidas cautelares presentadas por la empresa Barrick.


NOMBRE Y APELLIDO
DNI
CIUDAD
PCIA
EMAIL

domingo, 3 de abril de 2011

Riachuelo: intiman a ACUMAR a que finalice la construcción de un polo industrial

Se trata del proyecto ACUBA, en Lanús. Lo dispuso el juez federal Luis Armella. En su resolución se indica que se comprobaron atrasos en las obras proyectadas. En el predio deberán funcionar las curtiembres que operan en la zona.

El juez Luis Armella, titular del Juzgado Federal de Quilmes, intimó a la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) a que finalice con las obras de un polo curtiembrero en Lanús, de acuerdo al proyecto ACUBA, que pretende nuclear en ese predio a distintas curtiembres que operan en la zona.
La intimación surgió luego de que personal del juzgado asistiera al lugar y corroborara la falta de finalización de las obras proyectadas, indica la resolución.

La siguiente es la parte dispositiva de la resolución:
"I.- Requerir al Sr. Presidente de la Autoridad de Cuenca contemplada en la Ley 26.168, Dr. Juan José Mussi, y a los Sres. Representantes ante esa autoridad del Poder Ejecutivo Nacional, de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (miembros del consejo directivo), concreten para el día 31 de marzo del corriente año, sin más dilaciones y con la urgencia que el caso amerita las obras de construcción del muro perimetral de todo el predio ubicado en la calle Olazábal entre Coronel Molinedo y Pte. Balbín de la localidad de Lanús, a cuyo fin debe acompañar un informe con la documentación respaldatoria de su culminación; haciéndoles saber que en caso de no respetarse las exigencias establecidas en la presente manda los hará pasibles de soportar con sus propios patrimonios el pago de una multa diaria por cada día de incumplimiento, que el Suscripto considere adecuada en orden a la gravedad de los incumplimientos que se verifiquen.
Así  también en lo sucesivo, y con el objeto de determinar la fehaciente efectivización de dicho objetivo, personal de éste Juzgado se constituirá in situ –en caso de ser necesario-, a los fines de su correcta certificación; constituyéndose todo dato fáctico contradictorio a lo denunciado en autos como un incumplimiento realizado por parte de esa Autoridad , lo cual conllevará anexada una incuestionable negligencia que la hará pasible de las sanciones previstas en nuestro ordenamiento legal, tanto civil como penal, en caso de corresponder.
II.- Requerir al Sr. Presidente de la Autoridad de Cuenca contemplada en la Ley 26.168, Dr. Juan José Mussi, y a los Sres. representantes ante esa autoridad del Poder Ejecutivo Nacional, de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (miembros del consejo directivo), que en el plazo de diez (10) días de notificada la presente manda deberá presentar el Proyecto Definitivo para la construcción del Parque Industrial Curtidor, debiendo incluir como parte del mismo la limpieza, relleno y nivelación de los suelos, desmalezamiento -teniendo respecto de todo ello en especial consideración la certificación de fecha 03-03-11 realizada por personal de este Juzgado, conforme se señalara en el considerando 7° de la presente-, la pavimentación de las calles internas como perimetrales al predio y la forestación de toda la zona, estableciendo términos concretos de inicio y finalización de cada uno de los aspectos que lo conforman, a fin de llevar  de esta manera un control detallado de las actividades desarrolladas; haciéndoles saber que en caso de no respetarse las exigencias establecidas en la presente manda los hará pasibles de soportar con sus propios patrimonios el pago de una multa diaria por cada día de incumplimiento, que el Suscripto considere adecuada en orden a la gravedad de los incumplimientos que se verifiquen.-
III.- Requerir al Sr. Presidente de la Autoridad de Cuenca contemplada en la Ley 26.168, Dr. Juan José Mussi, y a los Sres. Representantes ante esa autoridad del Poder Ejecutivo Nacional, de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (miembros del consejo directivo), que en el plazo de diez (10) días de notificada la presente manda deberá informar los resultados obtenidos respecto del plan de obra presentado por los propietarios de Radio Cooperativa, tendiente al desmantelamiento y traslado de su antena. Como así también establecer una fecha tope en la cual pueda verse ello cristalizado; haciéndoles saber que en caso de no respetarse las exigencias establecidas en la presente manda los hará pasibles de soportar con sus propios patrimonios el pago de una multa diaria por cada día de incumplimiento, que el Suscripto considere adecuada en orden a la gravedad de los incumplimientos que se verifiquen.-
IV.- Requerir al Sr. Presidente de la Autoridad de Cuenca contemplada en la Ley 26.168, Dr. Juan José Mussi, y a los Sres. Representantes ante esa autoridad del Poder Ejecutivo Nacional, de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (miembros del consejo directivo), que en el plazo de diez (10) días de notificada la presente manda deberá presentar copia certificada del Acuerdo elaborado entre el Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires- Instituto de la Vivienda y el Municipio de Lanús el día 17-11-10, tendiente a otorgar el uso y posesión de la porción del predio destinada a urbanización  y viviendas; haciéndoles saber que en caso de no respetarse las exigencias establecidas en la presente manda los hará pasibles de soportar con sus propios patrimonios el pago de una multa diaria por cada día de incumplimiento, que el Suscripto considere adecuada en orden a la gravedad de los incumplimientos que se verifiquen.-
V.- Requerir al Sr. Presidente de la Autoridad de Cuenca contemplada en la Ley 26.168, Dr. Juan José Mussi, y a los Sres. representantes ante esa autoridad del Poder Ejecutivo Nacional, de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (miembros del consejo directivo), que en el último día hábil del mes de marzo del corriente deberá informar la totalidad de las curtiembres ubicadas en el Partido de Lanús (las cuales ya deben haber sido inspeccionadas en su totalidad), cuáles han sido declaradas agentes contaminantes, las eventuales clausuras de las que fueron pasibles, ante el comprobado incumplimiento a la presentación del PRI correspondiente; y cuáles de ellas no se encuentran adheridas al proyecto de ACUBA. A tal efecto, respecto de las curtiembres ACUMAR deberá arbitrar los medios pertinentes para notificar a las mismas.
A tal fin se deberá dar estricto cumplimiento a las reglas dictadas por la Autoridad Obligada al respecto de Agentes Contaminantes, PRI, fiscalización y control.
Como así también en el mismo plazo, deberá informar, respecto de aquellas curtiembres adheridas al mencionado Proyecto, cuáles se trasladarán al predio en cuestión, que superficie ocuparán y como efectivizarán los aportes a los que se comprometieron, debiendo aplicar las medidas pertinentes ante su reticencia, bajo apercibimiento de tenerlas por no adheridas. Todo ello a fin de contar sin más dilaciones, con una base de datos definitiva y abarcativa de todo lo expuesto.
Para el caso de no respetarse las exigencias establecidas en la presente manda los hará pasibles de soportar con sus propios patrimonios el pago de una multa diaria por cada día de incumplimiento, que el Suscripto considere adecuada en orden a la gravedad de los incumplimientos que se verifiquen.-
VI.- Hacer saber a la Autoridad de Cuenca Matanza Riachuelo (ACUMAR) que a los fines de poder verificar y comunicar el avance que se vaya logrando en cada uno de los objetivos fijados por la presente, deberán publicarse los cronogramas e informes supra ordenados en la página Web de la ACUMAR y en cualquier otro medio de publicidad que sirva a la difusión del cumplimiento de la manda judicial, de modo detallado y fundado.
VII.- Requerir a la Sra. Secretaria General de la Autoridad de Cuenca contemplada en la Ley26.168, Dra. Daniela Olivetto, notifique en forma urgente y personal, bajo debida constancia a los representantes ante esa autoridad del Poder Ejecutivo Nacional, de la Provincia de Buenos Aires y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (miembros del Consejo Directivo), lo cual deberá ser acreditado dentro de las cuarenta y ocho (48) horas."

Resolución completa 192.6 Kb.

Enlace de la nota: http://www.cij.gov.ar/nota-6510-Riachuelo--intiman-a-ACUMAR-a-que-finalice-la-construccion-de-un-polo-industrial.html