Es en el marco de la causa Riachuelo. Lo decidió este martes, a partir de los informes de la Auditoría General de la Nación referidos a contrataciones realizadas por AySA y CEAMSE. Requirió se investigue al magistrado y todos los presuntos responsables
La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió este martes apartar al juez federal de Quilmes, Luis Armella, de la causa “Mendoza”, en donde el Máximo Tribunal ordenara la puesta en marcha de un plan de saneamiento integral de la cuenca Matanza Riachuelo.
Según la resolución, firmada por todos los ministros, “frente al contenido y conclusiones de los informes presentados por la Auditoría General de la Nación ante esta Corte -con motivo tanto de la medida instructoria ordenada por resolución del pasado 29 de agosto, como del requerimiento efectuado el 18 de septiembre para la audiencia pública celebrada el primero de noviembre-, el Tribunal debe adoptar con la mayor celeridad las medidas que -por un lado- preserven la confianza de la sociedad en la transparencia de los procedimientos cumplidos ante los poderes del Estado; a la par que, además, permitan llevar a cabo las investigaciones necesarias -por los órganos competentes- con el objeto de juzgar las eventuales responsabilidades de diversa índole que podrían resultar de los informes mencionados, contra todos los presuntos involucrados, en las contrataciones realizadas por Aguas y Saneamientos Argentinos S.A. (AYSA) y Coordinación Ecológica Área Metropolitana Sociedad del Estado (CEAMSE) en cumplimiento del plan integral de saneamiento de la cuenca”.
Asimismo, dispuso que se extraiga copia de dichos informes y que sean remitidos al Consejo de la Magistratura, a fin de que tome intervención a los efectos de examinar la eventual responsabilidad de Armella.
Por otro lado, también resolvió remitir copia a la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal para que, mediante sorteo, se designe al juzgado “que habrá de intervenir en la investigación contra todos los presuntos involucrados por la eventual responsabilidad penal que resultaría de las actuaciones que se acompañan”.
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